
En esta sección aprenderás que comisiones AFP Integra percibe a cambio de otorgarte sus servicios, como se calculan qué tipos de aportes puedes realizar.

Aportes a la Afp
Si estás adscrito a Afp Integra y trabajas de manera independiente, realiza tus aportes mensuales y empieza a disfrutar de los beneficios que tenemos para ti.
Si trabajas de forma dependiente, tu empleador es el responsable de retener y efectuar el ingreso de tus aportes mensuales.
Los porcentajes de aporte varían dependiendo del esquema de comisión al que te encuentres suscrito.

¿Cómo se calcula el aporte?
Los aportes efectuados al Sistema Privado de Pensiones comprenden:
🔺Aporte forzoso: Aporte al fondo de rentas para tu jubilación futura.
🔺Prima de seguro: Brinda cobertura en acontecimiento de invalidez, o deceso.
🔺Comisión: Porcentaje que se retribución a la Afp por economizar el fondo.
Si eres trabajador independiente tu aporte es estimado en base a tu pago mensual, que deberá ser igual o mayor a la Remuneración Mínima Vital (Rmv) actual a la fecha de pago, considerando las Comisiones de particular.

¿Cuándo debo abonar mi aporte?
🔰Trabajador Independiente:
Realiza tu aporte durante los 30 días posteriores al mes laborado. · En evento no lo realices de esta manera podrías extraviar los rendimientos de una Jubilación anticipada y la Cobertura de seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de entierro.
🔰Trabajador Dependiente:
Tu empleador se encarga de efectuar el pago sin rodeos a tu Afp aún el 5to. día útil del mes subsiguiente a la retención.
Si tu empleador realiza los aportes a excepción de data, asumirá el emolumento de intereses que se suman a tu cuenta personal de capitalización.
Si tu empleador no realiza los aportes, Afp Integra realizará la Cobranza administrativa equivalente. En acontecimiento tu empleador no realice los aportes oportunamente, algunos de tus márgenes podrían hallarse afectados.
El capital reunido continúa siendo tuyo y ganando rentabilidad. Algunos de tus ingresos podrían encontrarse disminuidos. Aumentar tus fondos previsionales a través de aportes voluntarios es una buena alternativa.
Comparativa comisiones AFP Integra
AFP | COMISIÓN SOBRE FLUJO | COMISIÓN MIXTA (SOBRE FLUJO) | COMISIÓN MIXTA (SOBRE SALDO) |
---|---|---|---|
HABITAT | 1.47% | 0.38% | 1.25% |
INTEGRA | 1.55% | 0.00% | 0.82% |
PRIMA | 1.60% | 0.18% | 1.25% |
PROFUTURO | 1.69% | 0.67% | 1.20% |

Aportes voluntarios
Los aportes voluntarios son una gran opción para lograr tus metas personales más fácilmente en el mediano a largo plazo. Esto te permite acrecentar tus ahorros, aumentar tu patrimonio personal, jubilarte con una mejor pensión o simplemente diversificar tu portafolio de inversiones personal.
Diferenciaciones de los aportes voluntarios
Con Fin Previsional
🚩 Tienen como finalidad principal aumentar los fondos de tu cuenta para obtener una mejor renta de jubilación.
🚩 No se encuentran ligados a una cantidad mínima de aporte ni a plazos preestablecidos.
🚩 Puedes comenzar a realizarlos desde el primer mes que empieces a trabajar.
🚩 Puedes efectuarlos únicamente en la AFP donde tienes tus aportes obligatorios.
🚩 No pueden ser embargados.
Sin Fin Previsional
🚩 Se presentan como una alternativa del ahorro personal.
🚩 No se encuentran sujetos a una cantidad mínima de aportación ni a plazos establecidos.
🚩 Puedes realizarlos a partir de los 5 años de antigüedad en el Sistema Privado de Pensiones.
🚩 Puedes efectuarlos en cualquier AFP.
🚩 Pueden ser embargados.

Fondos de AFP Integra
Existen distintos fondos con distintos tipos de riesgo en los que se puede invertir tus aportes a AFP Integra.
De esta forma, puedes decidir cómo serán invertidos tus Aportes Obligatorios y/o Voluntarios Con o Sin Fin Previsional para obtener la mejor rentabilidad que te resulte más conveniente en tu caso.
Para realizar tu cambio de fondos tienes dos opciones:
1️⃣ Ingresa a tu Cuenta en la web de AFP Integra con tu documento de identidad y contraseña o
2️⃣ Ponte en contacto con AFP Integra para reservar tu cita e iniciar tu trámite.
Requisitos:
Para poder realizar este trámite no debes encontrarte en la realización de un trámite de traspaso o desafiliación.
Beneficios y Pensiones

En AFP Integra cuentas con diversos beneficios y pensiones que puedes recibir y te recomendamos que te comuniques con esta o alguna otra AFP si:
🔰 Eres mayor de 60 años y quieres tener alguna jubilación
🔰 Quieres informarte acerca de las jubilaciones que existen
🔰 Quieres realizarte una Evaluación y Calificación de Invalidez
🔰 Deseas tramitar una Pensión de Sobrevivencia.
Dentro de los beneficios que mencionamos más arriba existen los siguientes:
✅ Seguro de siniestro
✅ Pensión de Jubilación
✅ Pensión de Sobrevivencia
✅ Pensión de Invalidez
✅ Reembolso de Gastos de Sepelio
✅ Trámite de herencia
Ahora pasaremos a explicar cada uno de los siguientes beneficios de una forma más clara, así tienes en claro que obtienes al pagar una comisión de AFP Integra.
Seguro de siniestro

En AFP Integra cuentas con la posibilidad de contratar un seguro de siniestro que permitirá que en caso de que te suceda algo la pensión, que será de hasta un 100% de tu remuneración mensual se te destinará tanto a ti como para tus beneficiarios.
Para el caso de que no cuentes con este tipo de seguro, la pensión que se te otorgará en casos de siniestro será proporcional al saldo que se encuentre en tu fondo de pensión.
Pensión de jubilación

La pensión de jubilación, es el derecho a percibir una jubilación por parte del Sistema Privado de Pensiones (SPP).
Puedes solicitarlo a partir de los 65 años o con anterioridad, siempre que cumplas con los requisitos para alcanzar una jubilación anticipada.
También puedes pedirla luego de cumplir 65 años.
¿Cómo se conforma la Pensión de Jubilación?
La pensión de jubilación se encuentra conformada por los siguientes ítems:
🔺 Bono de reconocimiento, en caso de que corresponda.
🔺 Bono complementario. Este bono corresponderá para aquellos casos en los que te decidas por un régimen especial.
Tipos de jubilación
- Regímenes Regulares de Jubilación
- Jubilación por Edad Legal
- Jubilación Anticipada Regular
- Jubilación Anticipada por Desempleo
- Jubilación Anticipada por Enfermedad Terminal o Cáncer
- Regímenes Especiales de Jubilación
- Jubilación Adelantada 19990
- Jubilación Anticipada de Riesgo
- Pensión Mínima de Jubilación
- Pensión Complementaria
¿Cómo se tramita una Pensión de Jubilación?

Para acceder a los regímenes regulares de jubilación con AFP Integra lo que debes hacer es seguir esta serie de pasos.
20 Minutos
Paso 1

El primer paso es completar una solicitud de jubilación, rellenando todos los datos de forma precisa y verídica.
Paso 2

El segundo paso que debes realizar es verificar si tu solicitud fue aceptada o rechazada. Para esto deberás consultar la página entre 5 a 8 días útiles después de que la presentaste.
Paso 3

El tercer paso es solicitar el cálculo de las distintas modalidades de pensión entre las cuales puedes escoger.
Paso 4

Luego recibirás las distintas ofertas con respecto a las modalidades de pensión que se encuentren disponibles.
Paso 5

Luego seleccionará la modalidad de pensión que se adecue a tus necesidades.
Paso 6

Una vez que has completado todos los pasos anteriores un mes luego de que presentaste la solicitud o 15 días útiles luego de que hayas escogido la modalidad de pensión.

Pensión de sobrevivencia
La pensión de sobrevivencia es una renta que percibirán los familiares directos sobrevivientes del fallecido.
Estas personas pueden ser:
- El cónyuge o concubino(a).
- Los hijos menores de 18 años, hijos inválidos o que sigan cursando estudios de nivel básico o superior de forma ininterrumpida.
- El padre del afiliado que sea mayor de 60 años de edad o la madre con más de 55 años. Para este caso se tomará en cuenta el nivel económico del afiliado.
📢Los requisitos para recibir esta pensión es acreditar de forma suficiente con la documentación necesaria el vínculo familiar.

Pensión de Invalidez
Para el caso de que estés pagando las comisiones de AFP Integra. Tienes la oportunidad de contar con una pensión en los casos en los cuales una enfermedad o accidente que sufras genere una disminución en la capacidad de trabajo.
En los casos de que esta disminución o incapacidad que sufras sea igual o superior de un 50% accedes al beneficio de la pensión de invalidez.
Existen 2 tipos de invalidez:
Invalidez Parcial:
La invalidez parcial se da cuando pierdes entre un 50% y 66% de tu capacidad de trabajo.
El valor de la pensión, para el caso de que tengas la cobertura de un seguro, será de un 50% de la remuneración mensual que te hubiera correspondido cobrar en situaciones normales.
Ahora bien, si no cuentas con la cobertura de un seguro de invalidez el monto de la pensión será proporcional al capital que hayas acumulado en tu cuenta.
Invalidez Total
La invalidez total se presenta cuando tienes más de un 66% de pérdida de capacidad y en este caso corresponderá un 70% de la remuneración mensual.
Requisitos:
Para acceder a este tipo de beneficio deberás ser menor de 65 años de edad y no estar jubilado.
También deberás realizar un examen médico por parte de las AFP o la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, que dictaminen que has perdido más de un 50% de tu capacidad de trabajo.

Reembolso de Gastos de Sepelio.
Otro de los beneficios a los que accedes junto con el pago de tus aportes y comisión de AFP Integra son los gastos de sepelio en caso del fallecimiento de un afiliado.
Para este caso lo que se ofrece es reembolsar el dinero gastado en gastos de sepelio, en el caso de la muerte de un afiliado a quien sea que haya efectuado el mismo. En este caso se requerirá la acreditación presentando los documentos correspondientes que comprueben los gastos.

Trámites de Herencia
Finalmente, el trámite de herencia, es otro de los beneficios que se ofrece de modo condicional con el pago de las comisiones de AFP Integra.
En este caso, se otorga un derecho a herederos a retirar la totalidad del dinero que se encuentre depositado en la cuenta previsional, solo en aquella circunstancia de que no existan los beneficiarios directos del mismo.
Estos beneficiarios directos eran los que gozaban del derecho de pensión por sobrevivencia (Cónyuge, convivientes, hijos y padres).
Para acceder a este beneficio al igual que los anteriores se requerirá la acreditación vía documentación del parentesco que se alega.